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Comités de ética
Comités de Ética Asistencial (CEAs)

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Los Comités de Ética Asistencial tienen su antecedente en Andalucía en las Comisiones de Ética e Investigación que regulaba el ya derogado Decreto 232/2002, de 17 de septiembre, actualmente derogado.

Su regulación actual proviene de lo establecido por el artículo 27 de la  Ley 2/2010, de 8 de abril, de Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte y por el Decreto 8/2020, de 30 de enero, por el que se regulan los órganos de ética asistencial y de la investigación biomédica en Andalucía.

Estos comités son órganos colegiados de deliberación, de carácter multidisciplinar en su composición, para el asesoramiento de pacientes, personas usuarias, profesionales de la sanidad y equipos directivos de los centros e instituciones sanitarias en materia de protección de sus derechos, calidad asistencial, de cuestiones éticas planteadas en la práctica clínica y de prevención o resolución de los conflictos éticos que pudieran generarse en el proceso de atención sanitaria, así como para la promoción de la formación en bioética de profesionales de la salud.

El Comité de Ética Asistencial tiene como finalidad la mejora continua de la calidad integral de la atención sanitaria. Los Comités de Ética Asistencial constituidos en el SSPA darán apoyo y asesoramiento a todos los centros sanitarios o instituciones que lo integran.

Podrán constituirse Comités de Ética Asistencial, tanto en instituciones públicas como privadas, bajo la coordinación general del Comité de Bioética de Andalucía.

Todos los centros sanitarios asistenciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía tendrán de referencia a un Comité de Ética Asistencial, público o privado.

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